Córdoba adhirió al régimen de estabilidad fiscal para MiPyMEs
La Provincia de Córdoba adhirió al régimen de estabilidad fiscal previsto en el artículo 16 de la Ley Nacional Nº 27264 para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs). Ahora, la Dirección General de Rentas deberá dictar las normas instrumentales y reglamentarias que considere necesarias para su aplicación.
La Legislatura aprobó este miércoles la normativa adhiriendo de esta manera a la Ley Nacional de Recuperación Productiva sancionada por el Congreso el pasado mes de julio. La votación legislativa se llevó a cabo en Río Cuarto, donde realizó una sesión especial debido a que la ciudad celebra este 11 de noviembre el 230º Aniversario de su fundación,
El beneficio de la Ley Provincial Nº 10396 tendrá vigencia, según lo dispuesto por el Artículo Nº 15 de la citada ley nacional (hasta diciembre de 2018), exclusivamente para los impuestos sobre los Ingresos Brutos (II.BB.) y Sellos.
El artículo 3º de la norma aprobada por la Unicameral expresa: “La estabilidad fiscal debe entenderse aplicable en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y para cada actividad de los contribuyentes beneficiados por la norma, respecto a las alícuotas generales o especiales dispuestas por la ley Nº 10324 (Impositiva Año 2016) y demás normas tributarias vigentes al momento de la sanción” de la presente norma.
El marco legal provincial también establece las limitaciones: “No se encuentran alcanzadas por la estabilidad fiscal, ni resultarán violatorias de la misma, los incrementos de alícuotas que se originen como consecuencia de:
a)Exceder los montos de ingresos que a tal efecto establezcan las respectivas leyes impositivas en las anualidades 2017 y 2018 para gozar de la reducción de las alícuotas en un 30%.
b)Exceder los montos de ingresos que a tal efecto establezcan las respectivas leyes impositivas para las anualidades 2017 y 2018 en relación a la aplicación de alícuotas agravadas”.
Además, la ley expresa que “la estabilidad fiscal debe entenderse aplicable a las alícuotas e importes fijos dispuesta por la Ley Nº 10324 y demás normas tributarias vigentes al momento de la sanción” de esta norma.
A tal fin, se invitó a las municipalidades y comunas de Córdoba a “dictar normas legales pertinentes a efectos de otorgar beneficios de estabilidad fiscal a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”, siendo Río Curto la primera municipalidad en sumarse.
En Córdoba las MiPyMEs generan aproximadamente el 70% del empleo, y participan en un porcentaje mayor al 30% del Producto Bruto.