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Se prorrogó hasta el 31 de julio el canje obligatorio del nuevo DNI

A partir del 1 de agosto el nuevo Documento Nacional de Identidad reemplazará a la libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI tapa verde y bordó confeccionados manualmente y DNI cero año tapa celeste.

La Dirección de Registro Civil y Capacidad de las Personas informó que se prorrogó con fecha límite el próximo 31 de julio del corriente año para poder canjear el nuevo Documento Nacional de Identidad Digital.

La medida se hizo saber mediante la resolución del Registro Nacional de las Personas RNP N° 617/2016, que dispuso la prórroga de fecha límite para canje obligatorio por el nuevo DNI digital. La misma dispone el canje obligatorio de todos los documentos de identidad de confección manual emitidos por el Registro Nacional de las Personas por el nuevo DNI digital.

Asimismo, y en virtud de las consultas recibidas por la dirección del Registro Civil con respecto de cuáles DNI deben ser reemplazados, cabe destacarse que se entiende por Nuevo DNI Digital (el único que será válido a partir del 1 de agosto de 2016, con las excepciones previstas por el art. 2° de la Resolución RNP N° 3020/2014), tanto el formato DNI libreta celeste como al formato tarjeta que contasen con datos biográficos y biométricos personalizados digitalmente en virtud de la utilización de tecnologías digitales para la identificación de ciudadanos.

Así, los formatos de DNI que deben ser reemplazados son todos aquellos que fueron confeccionados y personalizados en forma manual, entendiéndose por ellos los siguientes: libreta de enrolamiento; libreta cívica, DNI tapa verde y bordó confeccionados manualmente; DNI cero año tapa celeste (confeccionados manualmente en forma manuscrita).

También se recuerda que quedan exceptuados de esta obligación las personas mayores de setenta y cinco (75) años de edad y a los Incapaces declarados judicialmente.

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