Policiales

Impulsan la prohibición de fumar en la vía pública en todo el territorio provincial

Unión por Córdoba impulsa en la Unicameral la extensión de las restricciones para fumadores establecidas en el año 2004 a través de la sanción de la ley 9113 (en vigencia desde el 1 de junio de 2006) que creó el “Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo”, avanzando ahora con la prohibición de fumar en la vía pública a través de la instalación de “fumaderos” para quienes quieran prenderse un cigarrillo en la calle.

El proyecto del oficialismo avanza en la lucha contra el tabaquismo con la intención de “acabar con este hábito y que los fumadores se empiecen a concientizar en el daño que se hacen, y proteger a aquellas personas no fumadoras, que se les respete su derecho a transitar por lugares al aire libre sin tener que respirar el aire contaminado por aquellas personas fumadores que lo hacen mientras transitan por los diferentes lugares”, según señalan los fundamentos del texto propuesto.

La iniciativa de la legisladora Romina Cuassolo, incorpora en el artículo primero del capítulo cuarto de la ley 9113, “De la Protección al No Fumador”, el artículo 9 bis que implanta la construcción de espacios para fumadores al aire libre, de acrílico sin techo con ceniceros en distintos sectores de la ciudad de Córdoba y el interior provincial siguiendo los resultados obtenidos por la aplicación de esta legislación en países como Japón.

Si bien el proyecto de la legisladora oficialista no contempla la aplicación de multas a quienes infrinjan esta normativa, se destaca que en Japón, quienes quebrantaron estas regulaciones se enfrentaron a una multa administrativa. Las personas que fuman en lugares no permitidos o arrojan restos de tabaco al suelo en el distrito de Chiyoda debieron pagar multas que iniciaron en 20.000 yenes (20 mil pesos) y en julio de 2015 se redujo al 10% de ese valor. De convertirse en ley las multas quedarán establecidas por la reglamentación a cargo del Ministerio de Salud de quien depende el “Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo”.

Nuestra provincia fue pionera en el país en la instrumentación efectiva de normas que prohibieron fumar en lugares cerrados. El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba aprobó el mismo año que lo hizo la Unicameral, una ordenanza en igual sentido, que generó una fuerte polémica por la prohibición de fumar en bares y restaurantes.

La ley sancionada en 2004 resguarda los derechos de los no fumadores a respirar el aire no contaminado por el humo del cigarrillo estableciendo lugares libres de humo como las oficinas y los edificios públicos comprendiendo los corredores, los salones, las áreas de: comida, de recepción, los ascensores, servicios y esparcimiento. También se extendió a establecimientos de todo tipo publicos y privados, y lugares de esparcimiento cubiertos.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S), el consumo de tabaco mata a más de cinco millones de personas cada año, es decir más que el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo juntos.

Proyecciones de la OMS afirman que de continuar la tendencia actual, el consumo de tabaco podría cobrarse la vida de más de ocho millones de personas por año en 2030 y hasta mil millones en total en el siglo XXI. El Informe del organismo internacional de la salud sobre la epidemia mundial de tabaquismo proporciona a los gobiernos y otras partes interesadas la información que necesitan para adaptar sus intervenciones.

En 2018 la OMS se centró en los ambientes sin humo señalando que el tabaquismo pasivo es responsable de una de cada 10 muertes relacionadas con el tabaco y aconsejó crear ambientes totalmente libres de humo de tabaco como única manera de proteger a las personas de los efectos nocivos del tabaquismo pasivo que causa 600.000 muertes prematuras por año.

En la Argentina el tabaquismo provoca 123 defunciones por día, más de 44 mil al año y 20 veces más posibilidades de sufrir enfermedades cardiovasculares. Las más frecuentes son infartos, enfermedades coronarias, accidentes cerebrovasculares (ACV) y problemas en la circulación en miembros inferiores.
En nuestro país el consumo de tabaco se inicia entre los 13 y 14 años y suele extenderse al menos 20 años, con un “pico” de adicción que se da entre los 28 y los 35.

A nivel nacional, el 1° de junio de 2011 se sancionó la ley nacional 26.687 de control de tabaco y comenzó a regir a partir de mayo de 2013. Además en 2003 la Argentina suscribió al Convenio Marco para el Control del Tabaco impulsado por la OMS (CMCTOMS).

A pesar de que nuestro país suscribió hace más de quince años, el convenio nunca fue ratificado por el Senado de la Nación por las fuertes presiones que ejercieron las provincias tabacaleras de Argentina. Luego que el Poder Ejecutivo enviase dos proyectos de adhesión, los productores sólo se comprometieron a cumplir la ley nacional de control del tabaco con la condición de que no se adhiriese al acuerdo mundial. La Argentina es uno de los diez países del mundo que no lo hizo y junto a República Dominicana son los únicos dos países de América Latina que no se sumaron.

En 2007, antes de la implementación de legislaciones y medidas integrales de control de tabaco había solo mil millones de personas (el 15 por ciento de la población mundial) que estaban protegidas. Diez años después, según el informe de la OMS sobre la epidemia mundial de tabaquismo, 4.700 millones de personas (el 63 por ciento de la población mundial) están hoy protegidos por al menos una medida integral de control del tabaco como las advertencias gráficas en los paquetes de cigarrillos y la prohibición de la publicidad al establecimiento de zonas en las que no se permite fumar.

De acuerdo con la OMS, esas medidas ya han salvado a millones de personas de una muerte temprana, a la vez que han permitido ahorrar miles de millones de dólares al año en gastos sanitarios evitables.

En caso de aprobarse el proyecto de Cuassolo, sería hasta el momento el primero del país, si bien el municipio bonaerense de Tigre cuenta con una norma esta fue incorporada por decreto y alcanza a espacios públicos municipales al aire libre y solo prevé espacios determinados para fumadores.

Fuente: La Mañana. La Mañana