Policiales

Decreto de Macri bajó indemnizaciones y hay reclamo de abogados

El Gobierno nacional modificó ayer, mediante decreto, la fórmula para calcular indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte de un trabajador. Conocida la noticia, algunos abogados laboralistas adelantaron que prevén planteos de inconstitucionalidad a futuro.

Con la firma del presidente Mauricio Macri, la nueva normativa establece que, de ahora en más, las indemnizaciones deberán actualizarse con el índice de remuneraciones imponibles promedio de los trabajadores estables (Ripte), con lo que deja atrás el cálculo por tasa activa de los bancos, como se venía haciendo.

De esta manera, las aseguradores de riesgos de trabajo (ART) empezarán a calcular los montos de las indemnizaciones a una tasa inferior al 50 por ciento.

Por ejemplo, antes el cálculo se realizaba de acuerdo con la tasa del Banco Nación, hoy en 71,77 por ciento (que es una tasa efectiva del 100,82 por ciento). Ahora, según Juan Pazo, titular de la Superintendencia de Seguros de Trabajo de la Nación, el Ripte “anualizado quedaría alrededor del 45 o del 50 por ciento”.

El superintendente reconoció a La Voz que esta medida busca “la sostenibilidad del sistema” y “proteger a los trabajadores”.

“La realidad es que, por motivos macroeconómicos y de política monetaria, la tasa está en valores muy elevados y las indemnizaciones se distorsionan de manera significativa”, dijo Pazo.

Para el funcionario, no haber tomado esta medida habría impactado en los niveles de empleo por un traslado hacia los costos laborales.

“La única forma de que esto siga funcionando es duplicar el valor de la ART y eso impacta en más de un millón de pymes en Argentina duplicándoles el costo de la ART, lo que genera mucho mayor costo laboral, que incide directamente en el empleo”, subrayó.

Por otro lado, se refirió a los planteos acerca de la constitucionalidad de la medida presidencial y ve “difícil que prosperen”.

“La Corte Suprema de la Nación (CSN), en un fallo reciente, el fallo Bonet, habló de la proporcionalidad de la tasa en el reclamo y claramente una tasa del 100 por ciento es absolutamente desproporcional”, señaló.

Inconstitucional

El abogado Carlos Cafure, que asesora al Sindicato de Peones de Taxi, dijo ayer que “el DNU es absolutamente inconstitucional porque un decreto no puede modificar la ley” y que si, en todo caso, el cálculo hubiese sido modificado por ley, “violaría el principio de progresividad del derecho laboral”.

En consonancia, María Terragno, abogada de gremios estatales, opinó que “hay una violación del principio de progresividad que entiende que las leyes que se dicten deben establecer mejores condiciones de trabajo”.

La letrada dijo que es “absolutamente inconstitucional” el decreto, ya que plantea una retroactividad de aplicación.

“Violenta el principio de que la legislación rige para el futuro. En nuestro país, ni siquiera las leyes son retroactivas”, dijo Terragno.

Desde los gremios, el secretario general de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), Rubén Urbano, adelantó que harán un reclamo junto con otros sindicatos para que la medida se revierta.

“Este DNU los abogados deberían declararlo inconstitucional”, pidió Urbano.

Por su parte, Walter Gaitán, dirigente del Sindicato de la Madera, dijo que “esto sólo beneficia a las ART y perjudica al trabajador, que sólo tiene su fuerza de trabajo”.

Lo que establece el DNU

Nuevo cálculo por Ripte

El ingreso base para calcular las indemnizaciones devengará un interés de acuerdo con las remuneraciones imponibles promedio de los trabajadores estables (Ripte).

Fuente: La Voz del Interior. La Voz del Interior