Comienza la inscripción para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia
Las personas deben ingresar a la página web de Anses (www.anses.gob.ar) para llenar un aplicativo de pre-inscripción, que les requerirá datos mínimos para iniciar el trámite de solicitud de este subsidio extraordinario. Este es el orden de los días según los últimos números del DNI de cada beneficiario:
– 0 y 1 tendrán que ingresar el viernes 27 marzo
– 2 y 3 deberán hacerlo el sábado 28 marzo
– 4 y 5 el domingo 29 marzo
– 6 y 7 el lunes 30 marzo
– 8 y el 9 el martes 31 marzo
Recomendaciones de Anses
“Se ruega que los interesados en concretar la pre-inscripción para cobrar este beneficio respeten estrictamente las fechas indicadas, de tal manera que se pueda facilitar el trámite y evitar una congestión de la página web del organismo que haga más lento o impida su correcto funcionamiento”, dijo Anses en un comunicado.
“Después de concretada esta pre-inscripción en los días y fechas detallados, la ANSES llevará adelante un rápido relevamiento de datos de la información recibida de las personas y, posteriormente, solicitará a éstos toda una serie de datos complementarios como, por ejemplo, sus números de cuentas bancarias.
Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) se deben abstener de realizar esta pre-inscripción ya que están automáticamente incluidos en el IFE y cobrarán los 10.000 pesos en la misma cuenta en la que reciben pagos todos los meses”, agregó.
Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)
El Ingreso Familiar de Emergencia es una asignación de carácter excepcional de $10.000 para el mes de abril, destinada a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias económicas de la cuarentena, se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal, sean monotributistas de las categorías A y B y también trabajadoras o trabajadores de casas particulares.
Hay varios requisitos para acceder al pago: ser argentino y residente (con una residencia legal en el país no inferior a dos años) y tener entre 18 y 65 años. Además, se podrá cobrar siempre que la persona o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia (público o privado), no sea monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos, no reciba una prestación de desempleo ni jubilaciones, pensiones o retiros.
Tampoco podrán recibir el ingreso de emergencia quienes reciben planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo y otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.
Fuente: Radio Belgrano. Radio Belgrano