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Empresas de la Economía del Conocimiento: Rebajas de impuestos

La Ley 27.506 crea un régimen promocional con importantes rebajas de impuestos para las empresas de la Economía del Conocimiento (EdC). ¿Cuáles son estas empresas? Aquellas de servicios o industriales, que aplican los avances de la ciencia y tecnología para obtener bienes o prestar servicios. Podemos enumerar una serie de actividades promocionadas que encuadran en esta definición:

  • Software
  • Industrias 4.0
  • Servicios de comunicaciones / electrónica / geológicos / I + D
  • Servicios profesionales de exportación.
  • Nanotecnología. Industria aeroespacial/satelital
  • Industria audiovisual.
  • Biotecnología y sectores relacionados.

Históricamente existió la Ley de Software; pero como se advierte en el listado anterior, actualmente esta nueva promoción incluye a muchísimos más sectores económicos.

Quienes solicitan estar beneficiadas, deben ser personas jurídicas (generalmente sociedades).

Para ser beneficiario de la EdC deben reunirse (y acreditarse) el cumplimiento de ciertos requisitos (de tres posibles, por lo menos dos) en un determinado porcentaje sobre las ventas:

  1. Mejora continua / Calidad.
  2. Inversiones en Capacitacióno Investigación y Desarrollo (I + D).
  3. Exportaciones.

Los porcentajes requeridos se incrementan a medida que crece el tamaño de la empresa; con el mismo criterio, compañías grandes tienen menores ventajas.  Sin embargo, para la ley PYME argentina, empresas que cuentan con menos de 50 empleados son consideradas “pequeñas”, por lo que obtienen el máximo de beneficios.

Algo realmente interesante es la oportunidad que se les da a las nuevas PYMEs de que, durante los tres primeros años de vida, pueden inscribirse provisoriamente en la promoción sin necesidad de cumplir los dos requisitos ya nombrados.  

Los beneficios son variados, pero nombraremos los más importantes; reducciones de tres impuestos que resultan muy costosos para las empresas en general:

  1. Impuesto a las Ganancias: se reduce en un 60%. Así, en lugar de pagar una alícuota o tasa del 30%, el porcentaje a pagar pasa a ser el 12%.
  2. Contribuciones patronales sobre empleados: se reduce un 70%, con el mecanismo de bonos de crédito fiscal que se utilizan para pagar otros impuestos (por ejemplo, el IVA).
  3. IIBB: se reduce a cero.

La posibilidad de tramitar la inclusión en la EdC es muy nueva (desde marzo del año pasado está operativa) y, en mi experiencia, la mayoría de las empresas PYME desconocen la posibilidad de solicitar estas bonificaciones impositivas; o bien la conocen, pero no han presentado la solicitud, ya que la tramitación puede tener cierta complejidad para quienes no están en el tema.

Incluso nuestra región, al ser sede de la UTN San Francisco, cuenta con numerosos emprendimientos en condiciones de acceder a la EdC. 

Así, el acceso a este régimen es una gran oportunidad para aquellas empresas que estén en condiciones de ingresar, y así sacarse de encima la pesada carga impositiva que aqueja a las PYMEs argentinas.


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Federico Favot

Contador Público Nacional - Especialista en impuestos. Consultor y Docente Universitario.