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Diputados votará hoy la ley de Responsabilidad Penal Empresaria

Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados dictaminó este martes a favor de las modificaciones efectuadas por el Senado al proyecto de ley que establece un régimen de Responsabilidad Penal Empresaria. Este miércoles será votado en sesión especial para su sanción definitiva.

El dictamen dio marcha atrás con la propuesta de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, y también con la propuesta para que la normativa alcance a todos los delitos del Código Penal.

Así, la penalización se acotará a los delitos de cohecho (pago de coimas); tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.

También se acordó que la acción penal prescriba a los seis años de la comisión del delito, y que en caso de deceso del actor físico del delito, el proceso contra la persona jurídica continúa.

La responsabilidad por la comisión de un delito recaerá tanto sobre la empresa como sobre el empleado que lo haya perpetrado y, por esa razón, las empresas podrán tener un Programa de Integridad para la prevención de ilícitos entre sus empleados, el cual será además obligatorio para contratar con el Estado.

Las empresas serán responsables cuando los delitos «hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio» y quedarán exentas «sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno» para la compañía.

Entre las penas que correrán para las empresas figuran: multas de entre dos a cinco veces del beneficio obtenido por la empresa a través del ilícito; la suspensión provisoria o definitiva de la personería; la suspensión de la actividad, patentes o marcas hasta 10 años; la prohibición por diez años de participar en concursos o licitaciones estatales; y la imposibilidad de acceder a licitaciones, pérdida de subsidios estatales u otro tipo de beneficios.

En tanto, la empresa solamente será eximida de pena cuando denuncie espontáneamente un delito tras una investigación interna, cuente con un Programa de Integridad y devuelva el beneficio del ilícito, simultáneamente.

Fuente: La Mañana. La Mañana

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