Impuesto a las Ganancias: cuánto pagarán los trabajadores a partir de enero
La ley aprobada en septiembre último no se reglamentó, pero está vigente y se aplica desde el primer día de 2024. Las aclaraciones de la Afip y las dudas de los empleadores.
Pese a los anuncios del gobierno de Javier Milei de que se daría marcha atrás con las modificaciones del Impuesto a las Ganancias aprobadas en septiembre último, todavía no hay ningún proyecto enviado al Congreso y esto implica que esos cambios entraron en vigencia desde el primer día de 2024.
Esto fue aclarado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y es un tema no menor porque las modificaciones son sustanciales: se estableció un nuevo impuesto cedular para la mayoría de los empleados y los jubilados, y una deducción única equivalente a 180 salarios mínimos, vitales y móviles por año (SMVM).
Sin embargo, la cuarta categoría no se eliminó, sino que subsiste el esquema anterior para algunas excepciones al impuesto cedular, para los autónomos y los directores.
El problema es que la nueva ley nunca fue reglamentada, y la Afip no había indicado los procedimientos por seguir.
Cabe recordar que Ganancias es un impuesto que se cobra sobre el percibido y esto quiere decir que los sueldos de diciembre que se cobren durante los primeros días de enero ya deberían liquidarse con la ley del ejercicio 2024.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS: CUÁL FUE LA MODIFICACIÓN PARA 2024
La ley aprobada el 29 de septiembre de 2023, luego de un tratamiento exprés de ambas cámaras y en medio de la campaña presidencial, crea un impuesto cedular (un apartado dentro de la Ley de Ganancias con tratamiento propio) para los sueldos y las jubilaciones con algunas excepciones.
Además, prevé una deducción única anual (mínimo no imponible) equivalente a 180 salarios mínimos, vitales y móviles (15 salarios por mes). No se permiten otras deducciones.
La alícuota sobre el excedente es progresiva. La tasa comienza en el 27% y llega hasta el 35%, a diferencia del régimen general, que tiene una escala del 5% al 35%.
La renta de cuarta categoría se mantiene para los autónomos y también para las excepciones del impuesto cedular (funcionarios jerárquicos del sector público, senadores y diputados, directivos de personas jurídicas, magistrados y empleados judiciales con ingreso a partir de 2017).
IMPUESTO A LAS GANANCIAS: ¿CÓMO SE LIQUIDAN LOS SUELDOS EN ENERO?
Mientras la ley no se cambie en el Congreso, los salarios que se paguen a partir de este mes deben liquidarse teniendo en cuenta el nuevo impuesto cedular yel nuevo piso equivalente a 15 salarios mínimos por mes.
Luego se verá qué pasa con las liquidaciones ya realizadas si hay marcha atrás con la norma vigente.
¿DESDE QUÉ SUELDO SE EMPIEZA A TRIBUTAR?
Al ser una única deducción, todos los empleados (sin importar cargas de familia y otros temas) empezarán a tributar a partir del equivalente a 15 salarios mínimos.
Según la ley, en el primer semestre hay que tomar el monto vigente para enero 2024.
Por ahora, el último salario mínimo establecido es el de diciembre ($ 156 mil), que arroja una deducción de $ 2.340.000 de sueldo bruto por mes (15 sueldos).
Por supuesto que este monto puede cambiar si se llega a establecer un nuevo salario mínimo vital y móvil para enero.
¿CUÁNTO SE PAGA POR EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS?
A partir de ese piso, el empleado abonará el impuesto con una alícuota progresiva que comienza en el 27% sobre el excedente y va subiendo en cinco escalones hasta llegar al último del 35% sobre el excedente de siete salarios mínimos de base imponible (una remuneración bruta de $ 3.432.000, según el valor de diciembre).
De esta manera, en enero, por los primeros $ 156 mil de sueldo que excedan el mínimo no imponible ($ 2.340.000) se abonará el 27%, por los $ 468.000 (3 SMVM) siguientes se pagará un fijo de $ 42.120 (0,27 SMVM) más el 29% del excedente, y así sucesivamente.
En el último escalón (sueldos superiores a $ 3.432.000), se retendrá un fijo de $ 332.280 más el 35% del excedente.
En los meses posteriores se irá acumulando esta escala sobre los ingresos que superen el mínimo previsto.