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En las próximas horas se habilitarán obras privadas y profesionales

En la noche de este domingo, DIARIO SAN FRANCISCO pudo conocer el resultado de la reunión entre el intendente municipal junto a los integrantes del COE regional y del otro lado el COE central donde se pudo lograr una flexibilización en obras de construcción y actividades de profesionales. Durante la semana habría novedades para la actividad comercial y gastronómica.

Las actividades deberán realizarse de acuerdo a los protocolos fijados por el COE Central en cuanto a normas de bioseguridad y en el caso de San Francisco en lugar de cinco personas como máximo podrán trabajar tres por obras. El horario habilitado es de 8 a 14 horas.

Los miembros de Colegios Profesionales también podrán trabajar con las restricciones de los mismos protocolos y con un horario habilitado de 8 a 16 horas.

Durante la semana se tratará de flexibilizar la actividad comercial y gastronómica.

PROTOCOLO PARA OBRAS PRIVADAS

– Deben cumplir con medidas de bioseguridad en los planos de profilaxis y de acción sistémica.

– La construcción debe ser rotativa en sus diversos rubros (plomería, albañilería, electricidad) para evitar la concentración de personas.

– La compra de materiales deberá tender a realizarse vía online o telefónica, y la distribución será efectuada por el corralón o empresa habilitada a tal fin. El local de venta debe estar en la misma localidad donde se realiza la obra.

Además, los trabajadores deben:

– Ser de la misma localidad de la obra.

– No debe haber más de 3 trabajadores por obra. Para excepciones se deberá tramitar una autorización con carácter previo ante la oficina de Obras Privadas del Municipio o Comuna.

– Mantener la distancia social. Los trabajadores no podrán estar en un mismo espacio al mismo tiempo.

– No se puede hacer «asados de obra».

– La ropa de traslado debe ser distinta que la ropa de trabajo.

De no cumplir con el protocolo, el COE Regional o las autoridades municipales pueden clausurar la obra.

PROTOCOLO PARA PROFESIONALES

Las actividades se desarrollarán de acuerdo a las siguientes pautas generales:

– Se deberá cumplir con todas las medidas de Seguridad e Higiene que establece el COE a través de sus protocolos de Bioseguridad.

– Se prohíbe todo tipo de contacto físico entre cliente y profesional, debiendo garantizarse las medidas de distanciamiento de dos metros (2 mts.) e higiene necesaria.

– Deberá intentarse y fomentarse la consulta y la realización de las distintas actividades profesionales mediante medios telefónicos, virtuales y similares, a efecto de minimizar el desplazamiento de los profesionales y de los clientes.

– En caso de ser imprescindible la atención al público de modo presencial, podrá realizarse de este modo solo dos (2) días a la semana (los cuales deberán estar expuestos en la oficina en lugar visible con la firma del profesional), no pudiendo recibirse más de dos (2) clientes por hora, con turno previo pre acordado y evitando toda
aglomeración de gente.

– El horario de realización de tareas del profesional en su estudio u oficina, cuando no coincida con su domicilio particular, será restringido, de lunes a viernes de 08:00 16:00 Hs.

– Se prohíbe el tránsito o traslado de profesionales a otras localidades con motivo del ejercicio profesional, autorizándose únicamente a los residentes en la localidad. El desplazamiento se circunscribirá exclusivamente al cumplimiento de sus funciones profesionales, y deberá limitarse al espacio comprendido dentro de lo estipulado como
“zona blanca”.

– Respecto de los empleados en relación de dependencia no profesionales, se procurará la modalidad de trabajo “Home Office”. En caso de que los profesionales deban contar imprescindiblemente con la asistencia presencial de sus empleados en relación de dependencia, podrán convocarlos, siempre que no se encuentren en los grupos de riesgo establecidos por las autoridades nacionales, en número no superior al 50% del plantel cuando posean más de un empleado. Para estos empleados regirá análogamente el presente protocolo, y deberán contar con una constancia escrita firmada expedida por su empleador donde consten todos los datos necesarios para que la autoridad policial
permita su desplazamiento en el marco del presente protocolo