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Procrear: lanzan línea de viviendas a través de desarrollos inmobiliarios

El vicepresidente del Procrear y titular de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), Ramón Lanús, dijo que «se busca aportar predios para la construcción de emprendimientos habitacionales y, como contraprestración, se establece la entrega en permuta -por parte de los desarrolladores- de una determinada cantidad de unidades de viviendas del total que se construyan en los predios».

Lanús agregó -en declaraciones a Télam- que «las viviendas que se entreguen en permuta serán adjudicadas a familias beneficiarias del programa Procrear, y las restantes podrán ser comercializadas libremente» por los desarrolladores.

Aclaró que «también se contempla la posibilidad de una asistencia crediticia adicional al desarrollador en Unidades de Vivienda (UVI) de hasta el 60% del costo de la construcción, siempre que exista un cierto avance en la ejecución de la obra».

En varios de los predios donde se levantarán los desarrollos urbanísticos pertenecían a terrenos ferroviarios, ahora en desuso.

De los 21 terrenos destinados a la generación de vivienda, 3 de ellos están ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), en fracciones correspondientes con la ex Playa Ferroviaria y Estación Buenos Aires, delimitadas por la prolongación de la calle Luna, y las vías del Ferrocarril Línea Belgrano.

Otros dos terrenos son fracciones correspondientes al cuadro de estación Federico Lacroze, en la ciudad de Buenos Aires.

Los siguientes terrenos corresponden a los partidos bonaerenses de Tres de Febrero, Florencio Varela, San Fernando, Merlo y La Matanza.

También hay terrenos en las ciudades bonaerenses de Bahía Blanca y San Nicolás, como también en Roque Sáenz Peña (Chaco); Paraná (Entre Ríos); Corrientes capital; Posadas, (Misiones); Tartagal (Salta); Santa Fe capital; Bariloche (Río Negro); San Luis capital y Río Grande (Tierra del Fuego).

Este mecanismo es una opción para las familias que deseen acceder a su primera casa a través de la compra de una vivienda a estrenar.

En la construcción de estos desarrollos se prioriza la localización y su integración en la trama urbana de la ciudad, el diseño estético y funcional de las viviendas, así como la calidad de sus materiales y terminaciones.

La ley 27.328 establece en su artículo 1 que los contratos de participación público-privada son los celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público nacional y sujetos privados o públicos para desarrollar proyectos en infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada e innovación tecnológica.

El diseño de los contratos tendrá la flexibilidad necesaria para adaptar su estructura a las exigencias particulares de cada proyecto y a las de su financiamiento, de acuerdo con las mejores prácticas internacionales existentes en la materia.

Además, los contratos de participación público-privada podrán celebrarse cuando, previamente, se determine que esta modalidad de contratación permite cumplir con los objetivos de interés público.

Fuente: La Mañana. La Mañana