San Francisco reglamentará el Servicio de Transporte Privado de Personas (STPP) concertado a través de Plataformas Electrónicas
El Departamento Ejecutivo elevó al Concejo Deliberante para su tratamiento en la sesión de mañana miércoles un Proyecto de Ordenanza que reglamenta el Servicio de Transporte Privado de Personas (STPP) concertado a través de Plataformas Electrónicas.
De esta manera, nuestra ciudad sienta las bases para sumar una nueva alternativa de transporte, moderna e innovadora, que complementa los tradicionales servicios de colectivos urbanos, taxis y remises.
Vale decir, que se trata de una modalidad de transporte privado, regulado esencialmente por el Código Civil y Comercial de la Nación, y que el Estado Municipal sólo tiene injerencia en la medida del interés público comprometido en la prestación del servicio, por lo que la regulación local apunta a que el mismo sea brindado en condiciones de seguridad y bajo estándares mínimos de calidad, en protección de los usuarios y del tránsito.
Bajo ese temperamento, se establecen exigencias a los conductores que procuran darse de alta en las Plataformas que ofrecen la intermediación entre la oferta y la demanda del transporte privado, como ser la licencia de conducir profesional (Cat. D), un seguro hacia terceros y terceros transportados según la tipología dispuesta por la SSN, acreditar buena conducta mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, entre otros requisitos que hacen a la idoneidad del conductor. Se deben inscribir en un Registro Municipal que será íntegramente digital y fácil de operar, que pondrá a disposición la Secretaría de Prevención y Movilidad Urbana, como autoridad de aplicación de la norma.
De la misma manera, la norma establece exigencias relativas a los vehículos que serán afectados al servicio, los que no pueden tener una antigüedad mayor a los 10 años y deben contar con la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) aprobada.
Del lado de las Empresas de Plataformas (técnicamente: Empresas de Redes de Transporte que operan plataformas electrónicas o digitales para la intermediación entre la oferta -conductores- y la demanda -pasajeros- del transporte privado de personas), también se exige la inscripción en el aludido Registro y su empadronamiento en la ciudad para ser autorizadas a operar -intermediar viajes- en la ciudad de San Francisco.
También, con el objetivo puesto en la seguridad de los usuarios, se les exige a estas empresas ciertos requisitos relativos a la plataforma que utilicen, tales como proporcionar al pasajero la información y foto del conductor que realizará el servicio, datos del vehículo, tiempo de llegada al lugar de origen y precio acordado. Con relación al precio, la aplicación deberá permitir que el usuario lo abone por medios electrónicos o en dinero en efectivo, a su elección. También deberán entregar el comprobante de pago pertinente.
Como dato a destacar, los conductores habilitados bajo esta modalidad (servicio de transporte privado de pasajeros) sólo podrán prestar el servicio cuando existan solicitudes que hayan sido aceptadas y/o procesadas a través de las plataformas electrónicas habilitadas, y tienen expresamente vedado tomar pasajero en cualesquiera otras de las modalidades actualmente previstas en las Ordenanzas vigentes para los servicios de transporte a través de de taxis y remises (circulando en la vía pública, en paradas, llamada telefónica, SMS, Whatsapp, etc.). Como contrapartida, los usuarios que requieran el servicio deberán estar dados de alta en dichas plataformas, no pudiendo solicitar el servicio mediante otras modalidades sino únicamente mediante el uso de la aplicación móvil de dicha plataforma.
En cuanto a los taxis y remises, la norma admite que se registren en plataformas electrónicas y presten el servicio de transporte también bajo dicha modalidad, ajustándose en tal caso a las condiciones previstas por la norma y las plataformas autorizadas. Como se trata de conductores y vehículos ya habilitados, sólo les bastará con darse de alta en una plataforma habilitada e informarlo al Municipio, sin trámites adicionales. Es decir, taxis y remises sumarían una herramienta más para concertar viajes en la ciudad.
Carrizo: “Es una oferta complementaria”
Sobre el Proyecto, el secretario de Prevención y Movilidad Urbana, Nelson Carrizo, quien intervino activamente en la elaboración de esta iniciativa en conjunto con la Secretaría de Innovación, resaltó que “es una oferta complementaria a las ya existentes y que conforman el servicio de transporte de pasajeros en San Francisco”.
“Para esto, la empresa que pretenda llevar adelante el servicio en la ciudad deberá registrarse conforme lo establecido por el marco regulatorio de la actividad y a partir de allí la ordenanza establece el vínculo entre la empresa y la municipalidad, así como también establece los términos y condiciones que deberán reunir los prestadores que utilicen la aplicación para ofrecerla a los usuarios, tal como sucede en distintos puntos del país o del exterior donde está habilitado”.
En este caso, Carrizo destacó que “bajo el criterio de innovación que lleva adelante la gestión del intendente, Damián Bernarte, procuramos ir ofreciendo a los vecinos y vecinas distintas alternativas de transporte utilizando la tecnología y recursos disponibles”.
Ortega: “Estas tecnologías llegaron para quedarse, y desde el Estado Municipal no podemos mirar para otro lado, dejando que el servicio se preste en un vacío normativo, o no se preste justamente por ese vacío”
Por su parte, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Mario Ortega, sobre el particular señaló: “la regulación de esta moderna modalidad de transporte fue una iniciativa del intendente Bernarte, y desde hace un tiempo la venimos trabajando en conjunto con la Asesoría Letrada Municipal, la Secretaría de Innovación y la Secretaría de Prevención y Movilidad Urbana, porque creemos que estas tecnologías -las plataformas electrónicas de intermediación- llegaron para quedarse y transformar definitivamente la manera en que se prestan estos servicios. Y si bien se trata de un contrato de transporte privado, regulado esencialmente por el Código Civil y Comercial de la Nación,- prosiguió Ortega- hay aspectos de su ejecución que interesan al Municipio, sobre todo en orden a la protección de los usuarios y conductores que se vinculan al mismo, y la seguridad del tránsito”.
“Por eso entendemos que desde el Estado Municipal no podemos mirar para otro lado, dejando que el mismo se preste en un vacío normativo, o no se preste justamente por dicho vacío. Tenemos la obligación de establecer un marco jurídico adecuado, razonable en función de las competencias locales, que se preocupe de esos aspectos, reitero, la protección -seguridad- de los usuarios y conductores del servicio, y la seguridad del tránsito”, añadió.
Este criterio, sostuvo el presidente del HCD, “fue ratificado días atrás por el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia en una causa que involucraba a una plataforma digital y a la Municipalidad de Córdoba. En la misma, el TSJ destacó que el Estado Municipal dejaría de cumplir su insustituible función de regulador de la convivencia social si no afrontara este fenómeno mundial (refiriéndose a la irrupción de las plataformas), regulándolo de manera expresa, por más difíciles y problemáticas que pudieran resultar muchas de sus aristas”.
Por otro lado, luego de enumerar los requisitos que deben cumplimentar los conductores, vehículos y empresas de plataformas para ser autorizadas a operar en la ciudad, y en línea a lo apuntado antes por Carrizo, Ortega agregó: “es una modalidad más de transporte, privado, que se sumaría al sistema ya existente en la ciudad, complementado el que se presta a través del servicio de colectivos, o de los de taxis y remises, y que ayuda a cubrir demandas insatisfechas en horarios pico, o en días de lluvia o festivos, o ante eventos masivos”.
Sobre la afectación o no de la Ordenanza a estos últimos, dijo: “en realidad, la norma los incluye, y permite a taxistas y remiseros registrarse en estas plataformas y prestar el servicio bajo la modalidad privada, con las condiciones de las plataformas. En ese sentido para ellos es una herramienta más, de tipo tecnológica para sumar viajes, con la ventaja de que como ya están habilitados no tienen que hacer ningún trámite adicional, solo darse de alta en la plataforma e informar al Municipio”.
Por último, Ortega aseguró: “sin dudas, los mayores beneficiarios de esta norma serán los sanfrancisqueños, quienes podrán utilizar estas plataformas -si deciden venir a San Francisco- y desde su teléfono celular contratar un servicio de transporte privado punto a punto, conociendo de antemano al conductor del vehículo, sus antecedentes, el tiempo que demorará en llegar, y el precio que pagará por el servicio, el que podrá abonar por medios electrónicos desde la misma aplicación o en efectivo, a opción del pasajero. Asimismo, durante el viaje, estas aplicaciones permiten compartir la ubicación en tiempo real con amigos o personas de confianza, aportando seguridad al usuario; y al finalizar el viaje, estas aplicaciones permiten calificar a los conductores, lo que ayuda a filtrar a quienes no brindan un buen servicio. También, y desde el punto de vista de los conductores, estas plataformas son una oportunidad de trabajo y de generar ingresos adicionales de manera flexible y adaptada a la realidad de cada uno”.