Veda electoral: qué pasa con la venta de alcohol y las publicaciones en redes sociales
las 8 de este viernes finalizó la campaña y comenzó la veda electoral, a la espera de las elecciones nacionales que se desarrollarán el domingo en todo el país.
Según establece el Código Nacional Electoral, a partir de esta hora no se podrán realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales, hasta tres horas después del cierre de los comicios que se llevarán a cabo el domingo de 8 a 18.
En tanto, durante ese día está prohibida la realización de espectáculos masivos.
Tampoco se puede «ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos».
Asimismo, está prohibido «la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y tres horas después de finalizada».
Alcohol
El Código Nacional Electoral prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado 26 hasta las 21 del domingo 27 de octubre.
Asimismo, los comercios que vendan bebidas alcohólicas, ya sean restaurantes, bares o boliches, sólo podrán estar abiertos hasta las 24 del sábado y no podrán levantar sus persianas el domingo.
El Código Nacional Electoral además establece una pena de prisión de entre 15 días y seis meses a quienes sean encontrados culpables de expender bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Redes sociales
La veda es una regulación que tiene como objetivo que el votante tenga tiempo de «reflexionar» acerca de su decisión y no se vea afectado por la propaganda política, al menos en ese período final.
Esta limitación de publicaciones con fines electorales alcanza a medios gráficos, vía pública, internet, telefonía móvil y fija, y publicidad estática en espectáculos públicos. Como se ve, dentro del enunciado de la ley, está mencionado «internet», pero no se especifica puntualmente a las redes sociales.
En este punto, desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) dijeron que las redes también están alcanzadas por esta limitación.
Así lo explicó para las Paso Sebastián Schimmel, secretario de la CNE.
«En lo que sea comunicación interpersonal como un WhatsApp entre dos particulares, allí no podemos inmiscuirnos, salvo que haya publicidad formal y contratada, que sí está prohibida. Pero en una red abierta, como Facebook o Twitter, cuando la cuenta no está cerrada, las prohibiciones rigen tal como en los demás medios de comunicación». No obstante, algunos analistas entienden que hay un vacío legal en este aspecto.
Fuente: La Voz del Interior. La Voz del Interior